Sentencia 3828/2015 - 07/09/2015
STS 7 de septiembre de 2015
- Fuente/Organo:Tribunal Supremo
- Autor/Ponente:RAFAEL SARAZA JIMENA
Cláusulas abusivas en contrato de leasing.
- Notas generales/Resumen:Es abusivo por desproporcionado el interés de demora que triplica al remuneratorio. Se limita el interés de demora a dos puntos por encima del remuneratorio.
El recurrente alega que el interés de demora establecido en el contrato de leasing con consumidor es abusivo porque triplica el interés remuneratorio. Lo determinante para resolver esta cuestión es decidir si hay proporcionalidad entre el incumplimiento del consumidor y la indemnización asociada al incumplimiento. Se siguen los criterios fijados en la sentencia núm. 265/2015, de 22 de abril: el incremento de dos puntos porcentuales, previsto en el art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para la fijación del interés de mora procesal, es el criterio legal más idóneo para fijar cuál debe ser el interés de demora en los préstamos personales concertados con consumidores, que no suponga la imposición de una indemnización excesiva al consumidor que no cumpla con sus obligaciones. Y ello pues se trata del criterio legal previsto para el interés de demora y que tiene un ámbito de aplicación general, no ceñido a un campo concreto del Derecho sustantivo, que evita que el interés de demora pueda ser inferior al remuneratorio, que indemniza de un modo proporcionado los daños que sufre el demandante que ha vencido en el litigio por el retraso del condenado en el cumplimiento de la obligación judicialmente declarada, y que, asimismo, contiene un factor disuasorio para que el condenado no demore en exceso el cumplimiento de la sentencia.
El TS considera que la adición de un recargo superior a esos dos puntos porcentuales supondría un alejamiento injustificado de la mayoría de los índices o porcentajes de interés de demora que resultan de la aplicación de las normas nacionales. En consecuencia, considera abusivo un interés de demora que suponga un incremento de más de dos puntos porcentuales respecto del interés remuneratorio pactado.
- ID:109193
- Idioma:Castellano
- Ubicacion:Sentencias / Tribunal Supremo