Sentencia 1/2009 - 04/06/2009
Competencia judicial - clausula abusiva - apreciación de oficio
- Fuente/Organo:Tribunal Europeo
- Autor/Ponente:R SILVA DE LA PUERTA
El juez nacional deberá tener en cuenta que una cláusula incluida sin negociación individual y que atribuye competencia exclusiva al tribubunal del domicilio del profesional, puede ser considerada abusiva
- Notas generales/Resumen:Caso Pannon - contrato telefónico- en Hungría
El TJUE recoge sus pronunciamientos contenidos en la Sentencia Oceano-Salvat de 27 de junio de 2000 y aclara más cuestiones, a destacar:
-La cláusula abusiva no vincula al consumidor, y no es necesario que él la haya impugnado.
Pronunciamientos finales completos:
"El artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que una cláusula contractual abusiva no vincula al consumidor y que, a este respecto, no es necesario que aquél haya impugnado previamente con éxito tal cláusula.
El juez nacional deberá examinar de oficio el carácter abusivo de una cláusula contractual tan pronto como disponga de los elementos de hecho y de Derecho necesarios para ello. Cuando considere que tal cláusula es abusiva se abstendrá de aplicarla, salvo si el consumidor se opone. Esta obligación incumbe asimismo al juez
nacional en el momento de la apreciación de su propia competencia territorial.
Incumbe al juez nacional determinar si una cláusula contractual como la que es objeto del litigio principal reúne los criterios requeridos para ser calificada de abusiva en el sentido del artículo 3, apartado 1, de la Directiva. Al determinar tal extremo, el juez
nacional deberá tener en cuenta el hecho de que una cláusula contenida en un contrato celebrado entre un consumidor y un profesional, que ha sido incluida sin haber sido objeto de negociación individual y que atribuye competencia exclusiva al tribunal en cuya circunscripción está situado el domicilio del profesional, puede ser considerada abusiva."
- ID:84093
- Idioma:Castellano
- Ubicacion:Sentencias / Tribunal Europeo